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2-jun-2021Chirivin (Causa n° 54911)Un hombre que padecía trastornos de salud mental agredió físicamente a su hermano provocándole lesiones en la boca. Además, rompió objetos de la casa y le sustrajo un reloj de pulsera. Por estos hechos, el hombre fue imputado por los delitos de robo, lesiones leves y daños. Asimismo, se dispuso su alojamiento en Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA) del Complejo Penitenciario Federal I. Contra esa decisión, su defensa solicitó, entre otras cuestiones, la realización de una junta médica para determinar su capacidad de culpabilidad. En el informe pericial, los profesionales del Cuerpo Médico Forense de la CSJN y del Cuerpo de Peritos de la DGN concluyeron que el joven presentaba “ideación de suicidio”. En ese sentido, señalaron que constituía un “indicador de riesgo cierto e inminente para sí y/ o para terceros” por lo que debía “realizar tratamiento bajo modalidad de internación especializada”. La defensa del hombre solicitó su sobreseimiento en virtud del artículo 34 del Código Penal. El tribunal declaró su inimputabilidad y lo sobreseyó. Además, mantuvo como medida de seguridad su alojamiento en PRISMA y dio intervención al juzgado de ejecución para su control. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CNCCC hizo lugar al recurso, anuló la sentencia, apartó al magistrado interviniente y reenvió las actuaciones a fin de que se dictara una nueva decisión.
2-jun-2021Chirivin (CNCCC_Causa n° 54911)Un hombre que padecía trastornos de salud mental agredió físicamente a su hermano provocándole lesiones en la boca. Además, rompió objetos de la casa y le sustrajo un reloj de pulsera. Por estos hechos, el hombre fue imputado por los delitos de robo, lesiones leves y daños. Asimismo, se dispuso su alojamiento en Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA) del Complejo Penitenciario Federal I. Contra esa decisión, su defensa solicitó, entre otras cuestiones, la realización de una junta médica para determinar su capacidad de culpabilidad. En el informe pericial, los profesionales del Cuerpo Médico Forense de la CSJN y del Cuerpo de Peritos de la DGN concluyeron que el joven presentaba “ideación de suicidio”. En ese sentido, señalaron que constituía un “indicador de riesgo cierto e inminente para sí y/ o para terceros” por lo que debía “realizar tratamiento bajo modalidad de internación especializada”. La defensa del hombre solicitó su sobreseimiento en virtud del artículo 34 del Código Penal. El tribunal declaró su inimputabilidad y lo sobreseyó. Además, mantuvo como medida de seguridad su alojamiento en PRISMA y dio intervención al juzgado de ejecución para su control. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
24-may-2016AHGEl Tribunal Oral había sobreseído a una persona. Adicionalmente, mantuvo como medida de seguridad terapéutica su internación en el Servicio Psiquiátrico del Complejo Penitenciario Federal I y dio intervención al juzgado de ejecución para que supervisara el tratamiento. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación.